Las cámaras de seguridad es un medio de seguridad muy demandado en los últimos años sobre todo para mantener la seguridad en polígonos industriales, centros comerciales y otros establecimientos. ¿Es compatible con la protección de datos?
Con la nueva Ley de Protección de Datos, el uso de la información que facilitan esas imágenes puede constituir un delito si no se rige a la normativa en protección de datos. Por lo que la empresa instaladora del sistema de seguridad de video vigilancia debe utilizar un sistema homologado y adaptado a las necesidades de cada cliente.
Cabe mencionar que está excluido el tratamiento de imágenes en el ámbito personal y doméstico bien sea familiar o privado. Además, no se pueden instalar cámaras en lugares donde se vulnera la intimidad de las personas como las vías públicas (solo lo estrictamente necesario), baños y vestuarios.
¿Qué responsabilidad tiene la empresa instaladora de las cámaras de video vigilancia?
Si te ha decidido a instalar un sistema de seguridad de video vigilancia en un polígono industrial, debes saber que la empresa instaladora debe firmar un contrato de “encargado de tratamiento” donde se le da autoridad para acceder a las imágenes. Te puedes enfrentar a una sanción grave al no tener este documento firmado
¿Cómo se debe de informar de la existencia de videocámaras?
Si cuentas con un sistema de video vigilancia en tu empresa debes saber que debe haber un cartel informativo en un lugar visible indicando su existencia. La ausencia de esta información puede traer graves problemas en caso de robos, hurtos u otros incidentes.
Además, la empresa debe de disponer de un impreso donde se indique:
- La existencia de un fichero para el tratamiento de datos de carácter personas y su finalidad.
- La posibilidad de ejercer los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición.
- Identidad y direcciones del Responsable del Tratamiento.
¿Dónde puedo instalar cámaras de seguridad?
Las cámaras de video vigilancia no pueden ser instaladas en cualquier lugar, existen una serie de limitaciones como las que a continuación mencionamos:
En la vía pública solo se pueden grabar imágenes de espacios públicos cuando la video vigilancia sea imprescindible o no se pueda evitar debido a lugar de ubicación de las cámaras.
Por otro lado, espacios públicos de uso privado como pueden ser restaurantes, tiendas… No se pueden instalar en zonas privadas como baños o vestuarios, tampoco se pueden grabar conversaciones y por supuesto las imágenes no pueden ser utilizadas para publicidad salvo autorización de las personas grabadas.
Las comunidades de propietarios son uno de los sectores que más solicitan este tipo de sistema de seguridad para evitar actos vandálicos u otros delitos. Una empresa especializada en sistemas de alarmas para comunidades de propietarios y urbanizaciones debe estudiar la finalidad de la instalación, así como los diferentes protocolos de actuación en caso de alguna infracción. En estas zonas la vigilancia y el cumplimiento fundamental de los derechos de las personas deben ser compatibles y por supuesto cumplir con la normativa de protección de datos.
¿Qué debo saber, sobre la protección de datos, si quiero instalar un sistema de video vigilancia en mi empresa?
Las cámaras se pueden colocar en diferentes zonas de la empresa, siempre que se cumplan las disposiciones legales mencionadas y nunca excediendo esos límites.
¿Qué limitaciones hay en la instalación de cámaras de seguridad en una empresa?
Como hemos mencionado está prohibido la instalación en zonas íntimas como baños, aseos o vestuarios. Tampoco deben estar enfocadas a la vía pública salvo que por finalidad de vigilancia así se requiera y por supuesto nunca deben enfocar la interior de viviendas cercanas.
La empresa tiene que poner el cartel de video vigilancia de forma obligatoria. Normalmente se ubica a la entrada de la empresa en una zona lo más visible posible y este cartel debe basarse en el modelo oficial de la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo afecta la video vigilancia a los trabajadores de una empresa?
El 90 % de las empresas del sector terciario disponen ya de un sistema de video vigilancia y el resto de sectores su instalación ha aumentado el doble con respecto al año anterior. Los robos, incendios y otro tipo de incidentes con sus consecuencias económicas han llevado a las empresas a la instalación de estas cámaras como único medio de controlar lo que sucede en sus empresas.
Otro de los motivos del aumento de este sistema de seguridad es controlar la actividad laboral de sus empleados. Los trabajadores deben prestar su consentimiento, previo y claro de la utilización de esas cámaras y el propósito de ese control.
Ahora solo falta que decidas si este sistema de seguridad es el que va con tu actividad o te podemos asesorar sobre cuál es el mejor sistema dependiendo de tu actividad y necesidades propias. A través de una entrevista conoceremos tus puntos de interés y riesgos potenciales y nos ayudarán a definir el sistema de seguridad cuyo diseño y funcionalidad vayan acorde a lo que necesitas.
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